• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: ALICIA DIAZ-SANTOS SALCEDO
  • Nº Recurso: 2225/2023
  • Fecha: 04/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: RAFAEL FERNANDEZ LOPEZ
  • Nº Recurso: 1448/2024
  • Fecha: 04/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Sala de Apelación de la Audiencia Nacional
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE RAMON NAVARRO MIRANDA
  • Nº Recurso: 5/2024
  • Fecha: 04/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Conformidades parciales de los acusados: la sentencia de conformidad debe ser coincidente con lo pactado sin ningún agravamiento. Impugnabilidad de las sentencias de conformidad: la inadmisibilidad del recurso está condicionada a una doble exigencia: que se hayan respetado los requisitos formales y materiales legalmente necesarios para la validez del acuerdo y que se hayan respetado en la sentencia los términos del acuerdo entre las partes. Admisibilidad de la prueba. Utilización de un agente encubierto, sin que haya investigación prospectiva y sin que se contemple legalmente el control judicial inmediato de la habilitación realizada por el fiscal. No se afecta el derecho a la intimidad por la mera habilitación al agente encubierto. Intervención de las comunicaciones: medida dirigida al fin constitucionalmente legítimo de represión de delitos y que cumplió con el requisito de la proporcionalidad. Instalación de dispositivos de geolocalización y sonorización de los vehículos que se realizó cumpliendo todas las garantías legales. Los hechos declarados probados en la sentencia apelada se acreditaron tras la práctica de una contundente prueba en el acto del juicio oral. Agravante de pertenencia a organización criminal. La declaración incriminatoria del coacusado es una prueba constitucionalmente legítima. Participación en concepto de autor y no solo de cómplice. Atenuante de drogadicción inaplicable. Atenuante de confesión tardía no apreciable como muy cualificada .
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Cáceres
  • Ponente: PEDRO BRAVO GUTIERREZ
  • Nº Recurso: 294/2024
  • Fecha: 04/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: FIJEZA LABORAL
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: LEONOR ANGELES CUENCA GARCIA
  • Nº Recurso: 568/2022
  • Fecha: 04/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Tarragona
  • Ponente: JUAN ADOLFO MARTIN MARTIN
  • Nº Recurso: 941/2022
  • Fecha: 04/07/2024
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: JAVIER ORAA GONZALEZ
  • Nº Recurso: 1340/2022
  • Fecha: 04/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FINANCIERA
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO DE MATEO MENENDEZ
  • Nº Recurso: 382/2022
  • Fecha: 04/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Protección de datos de carácter personal. Brecha de seguridad en venta online de billetes de avión de Air Europa, en clientes de Globalia a través de la pasarela CITRIX, con acceso a tarjetas de crédito. Artículo 32.1 RGPD, obligación de garantizar nivel de seguridad. Afirma la Sala que la infracción es permanente por lo que aun comenzando en mayo de 2018, seguía produciéndose después de la entrada en vigor del RGPD, la consumación de la infracción se proyecta en el tiempo. Existencia de infracción, examen de los informes técnicos obrantes en las actuaciones, que revelan vulnerabilidades graves. Concluye la Sala que las medidas de seguridad técnicas y organizativas implantadas por la parte demandante no eran apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo e impedir un acceso no autorizado a los datos de los clientes. Artículo 33.1 obligación de comunicar violación de la seguridad a la autoridad de protección de datos en plazo breve, que en el caso examinado fue superior a 72 horas. Principio de proporcionalidad, apreciación de circunstancia agravante, principios y garantías del procedimiento sancionador doctrina y jurisprudencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: REBECA FERNANDEZ BACARIZO
  • Nº Recurso: 890/2024
  • Fecha: 04/07/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Se apela el Auto que no aprueba el modelo de ejecución individualizada propuesto por la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario. La Audiencia desestima el recurso. El art. 100.2 RP es una medida excepcional que exige una justificación individualizada de su pertinencia, como medida de flexibilización del grado. Debe fundamentarse, en un programa específico de tratamiento. Esa excepcionalidad obliga a una interpretación exigente de los presupuestos y requisitos que legitiman su aplicación. La propuesta correspondiente y su aprobación por el Juez de Vigilancia Penitenciaria, deben reflejar una necesidad que ha de estar vinculada directamente con el proceso de reinserción del penado. Es este proceso de reinserción el que exige un programa específico de tratamiento, que no podría llevarse a cabo sin aplicar la flexibilización que prevé el artículo. El programa ha de identificar, precisamente para su debido control judicial, la necesidad de la medida, la imposibilidad de su ejecución en el interior del centro penitenciario, su relevancia frente a otras alternativas y su provisionalidad o permanencia en el tiempo. El penado pretende se le deje salir tres días a la semana (martes, jueves y sábado), desde las 6.00 hasta las 19.00 h, para trabajar en la venta ambulante en los mercados. Sin perjuicio de los avances del interno, que reducen los riesgos de reiteración de las conductas que han determinado las regresiones en su externalización, no se ofrece justificación del modelo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT
  • Nº Recurso: 8/2023
  • Fecha: 04/07/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso de apelación. Dominio público hidráulico. Infracción menos grave por uso privativo de aguas para riego por goteo sin autorización. La Sala confirma la tesis de que estamos ante una infracción continuada pues se trata de la utilización de aguas para riego sin autorización y consiste en una infracción que se ha ido cometiendo en el tiempo sin el correspondiente título para ello. No se aprecia caducidad del procedimiento sancionador pues, pese a transcurrir más de un año desde la incoación hasta la notificación de la resolución sancionadora, debe descontarse el periodo de suspensión de plazos por el COVID. Artículo 3.11 Real Decreto 594/2014, usos consolidados, no eximen de la necesidad de pedir autorización solo permiten regularizar la situación de hecho mediante la concesión administrativa correspondiente. Examen de la cuantificación de los daños causados al dominio hidráulico. Por último, en el supuesto analizado, no cabe alegar confianza legítima toda vez que no existe una expectativa razonable en un regadío de cítricos sin autorización.

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